Si eres ciudadano italiano residente en España y quieres tramitar la ciudadanía italiana de tu hijo menor nacido fuera de Italia, probablemente estás buscando saber si tu hijo es italiano automáticamente, si debe acudir al beneficio de ley ante el Consulado de Italia en Madrid o en Barcelona, o si entra en el régimen transitorio prorrogado hasta el 31 de mayo de 2029. La reforma introducida por el Decreto-legge 28 marzo 2025, n. 36, convertido por la Ley 23 maggio 2025, n. 74, ha modificado puntos esenciales de la Ley 5 febbraio 1992, n. 91 y afecta directamente a familias italianas con doble nacionalidad y menores nacidos fuera de Italia.
Para ciudadanos italianos residentes en España, el panorama actual obliga a analizar cuatro escenarios para el menor: transmisión automática, beneficio de ley, régimen transitorio o estrategia documental previa ante el consulado. Si llegaste a España con pasaporte italiano desde Argentina u otro país de Latinoamérica, consulta también nuestro artículo sobre argentinos con pasaporte italiano en España y la guía de trámites España-Argentina.
En resumen
- · Marco general: Ley 91/1992 (arts. 1, 3-bis, 4, 9-bis, 14 y 15).
- · Reforma 2025: D.L. 36/2025, convertido en Ley 74/2025.
- · Plazo ordinario: 3 años para la declaración de beneficio de ley (Ley 199/2025).
- · Régimen transitorio: prorrogado por la Ley 26/2026 al 31 de mayo de 2029 en ciertos supuestos.
- · AIRE y domicilio consular actualizados son, en la práctica, el primer paso.
- · Cada expediente debe analizarse caso por caso.
1. Qué cambió con la reforma italiana
Durante décadas, muchas familias italianas residentes fuera de Italia asumieron que la ciudadanía se transmitía automáticamente iure sanguinis de generación en generación. Esa lectura, en términos absolutos, ya no es exacta. La Ley 74/2025 introdujo límites relevantes para los menores nacidos fuera de Italia que ya tienen, o pueden tener, otra ciudadanía.
En la práctica, esto significa que el consulado competente debe verificar si concurren las condiciones previstas por la normativa para la transmisión automática. Si no se cumplen, el menor no queda fuera de toda posibilidad: en numerosos casos puede acudir a la vía de adquisición por beneficio de ley, prevista en el artículo 4, comma 1-bis, lett. b) de la Ley 91/1992.
2. Cuándo un menor nacido fuera de Italia sigue siendo italiano automáticamente
Según la información oficial del Ministero degli Affari Esteri e della Cooperazione Internazionale (MAECI) y los textos legales vigentes, el menor nacido fuera de Italia de progenitor italiano no siempre adquiere automáticamente la ciudadanía. La adquisición automática puede darse, entre otros supuestos, cuando concurra alguna de estas condiciones:
- que el menor no tenga ni pueda tener otra ciudadanía;
- que el progenitor italiano haya residido en Italia durante al menos dos años continuativos antes del nacimiento o adopción del menor;
- que un progenitor posea exclusivamente la ciudadanía italiana;
- que un abuelo o abuela poseyera exclusivamente la ciudadanía italiana en el momento relevante, sin ruptura de la cadena.
Estas reglas deben verificarse caso por caso con documentación: actas italianas, certificados de ciudadanía, inscripciones AIRE, eventual resolución judicial y prueba de la otra ciudadanía del menor. No conviene afirmar de antemano que un menor es italiano automáticamente sin haber revisado el cuadro probatorio completo.
3. Qué es la ciudadanía italiana por beneficio de ley
La ciudadanía por beneficio de ley está vinculada al artículo 4, comma 1-bis, lett. b) de la Ley 91/1992. Permite que los hijos menores nacidos fuera de Italia, de al menos un progenitor ciudadano italiano por nacimiento, adquieran la ciudadanía italiana mediante declaración de voluntad presentada por el progenitor o por quien ejerza la responsabilidad parental ante la autoridad competente (oficial del estado civil del Comune italiano o consulado).
Es importante entender que esta vía no es exactamente lo mismo que la transmisión automática desde el nacimiento. Conforme al artículo 15 de la Ley 91/1992, la adquisición de la ciudadanía produce efectos desde el día siguiente al cumplimiento de las condiciones legales, no necesariamente desde la fecha de nacimiento del menor. Esa diferencia puede tener relevancia, por ejemplo, en relación con el pasaporte y otros documentos derivados.
4. Qué significa "ciudadano italiano por nacimiento"
Una de las confusiones más habituales en estos expedientes es el significado de la expresión "ciudadano italiano por nacimiento". Conviene aclararla:
- No significa necesariamente haber nacido físicamente en Italia.
- No significa necesariamente tener únicamente ciudadanía italiana.
- Una persona reconocida iure sanguinis puede ser considerada ciudadana italiana por nacimiento, porque el reconocimiento declara una ciudadanía que se deriva de la filiación, no que se otorga ex novo.
- Lo que debe analizarse es cómo adquirió o fue reconocida la ciudadanía del progenitor: por nacimiento/iure sanguinis, por naturalización, por matrimonio, por beneficio de ley, por riacquisto u otra vía.
No todos los casos iure sanguinis encajan automáticamente en el supuesto de "ciudadano por nacimiento" a los efectos de transmitir a un hijo menor por beneficio de ley. Debe verificarse con el certificado de ciudadanía, el acta italiana, el Comune de inscripción AIRE o, en su caso, la resolución judicial italiana que reconoció la ciudadanía del progenitor.
5. Plazo ordinario de tres años
La Ley 30 dicembre 2025, n. 199 (Ley de Presupuestos italiana 2026) amplió de uno a tres años el plazo del artículo 4, comma 1-bis, lett. b) de la Ley 91/1992. En consecuencia:
- El progenitor puede presentar la declaración de voluntad dentro de los tres años desde el nacimiento del menor o desde la fecha en que se establezca la filiación, incluida la adoptiva, respecto del ciudadano italiano.
- Desde el 1 de enero de 2026, estas declaraciones son gratuitas en este supuesto, sin que se exija el pago del contributo de 250 euros previsto para otros casos.
- Si han pasado más de tres años, puede ser necesario analizar otros requisitos, incluido el de residencia legal en Italia durante dos años continuativos, según el supuesto.
La ampliación del plazo da más margen a las familias italianas residentes en España, pero no debe interpretarse como una invitación a esperar al último momento: los trámites previos (AIRE, actas, Comune, citas consulares) pueden tardar meses.
6. Régimen transitorio hasta el 31 de mayo de 2029
Junto al plazo ordinario, existe un régimen transitorio para determinados menores que eran menores de edad al 24 de mayo de 2025. El plazo inicialmente previsto fue prorrogado al 31 de mayo de 2029 por la Ley 28 febbraio 2026, n. 26 (Milleproroghe).
Conviene insistir: no todos los menores entran en este régimen. Debe verificarse, por ejemplo, si el progenitor italiano fue reconocido bajo las condiciones previstas por la normativa, si existían solicitudes administrativas o judiciales presentadas antes del 27 de marzo de 2025 o si concurren supuestos equivalentes reconocidos por la norma. Por eso es incorrecto generalizar y afirmar que "todos los menores tienen plazo hasta 2029": lo correcto es decir que algunos supuestos transitorios pueden acogerse a esa fecha.
7. Ciudadanos italianos en España: AIRE y domicilio consular como primer paso
Para los ciudadanos italianos residentes en España, el primer paso real antes de tramitar la ciudadanía del menor no es jurídico, sino administrativo:
- Tener actualizado el domicilio consular. El consulado competente depende del lugar de residencia (por ejemplo, Consulado de Italia en Madrid o Consulado de Italia en Barcelona, entre otros).
- Verificar y, en su caso, regularizar la inscripción en el AIRE (Anagrafe degli Italiani Residenti all'Estero).
- Comprobar que el estado civil (matrimonio, nacimientos previos, etc.) esté correctamente inscrito ante el Comune italiano correspondiente.
Para muchas gestiones —ciudadanía del menor, inscripción de nacimiento, matrimonio, pasaporte, modificaciones de estado civil— el consulado exige, en la práctica, que la situación AIRE y el estado civil estén al día. Iniciar el expediente del menor con datos consulares desfasados suele traducirse en requerimientos y demoras.
8. Documentos que suelen ser necesarios
La documentación concreta varía según el consulado, el Comune y la situación familiar. Con carácter general suelen solicitarse:
- Documento de identidad de ambos progenitores.
- Pasaporte o documento del menor.
- Certificado de nacimiento literal del menor (en su caso, plurilingüe o internacional).
- Prueba de la ciudadanía italiana por nacimiento del progenitor italiano: atto di nascita integrale, estratto dell'atto di nascita con annotazioni o certificato di cittadinanza, según el caso.
- Si hubo reconocimiento judicial iure sanguinis, copia de la resolución u ordenanza italiana.
- Prueba de inscripción AIRE o domicilio consular actualizado.
- Acta de matrimonio inscrita en Italia, si procede.
- Prueba de la otra ciudadanía del menor, cuando corresponda (por ejemplo, doble ciudadanía italiana y argentina, italiana y española, etc.).
- Autorizaciones, consentimientos o comparecencia de ambos progenitores cuando sean exigibles.
- Traducciones, apostillas o certificados plurilingües cuando correspondan según el país emisor.
No todos los documentos son obligatorios en todos los casos. Lo razonable es preparar el expediente a medida, en función de las exigencias del consulado competente y del Comune italiano correspondiente.
9. Errores frecuentes en estos expedientes
- Creer que la ciudadanía italiana se transmite automáticamente en todos los casos.
- Confundir "nacido en Italia" con "ciudadano italiano por nacimiento".
- Pensar que tener doble ciudadanía impide siempre la vía de beneficio de ley.
- No actualizar el domicilio consular antes de iniciar el trámite.
- No revisar si el menor entra en plazo ordinario de tres años o en régimen transitorio hasta 2029.
- Presentar documentación incompleta del Comune italiano.
- No acreditar correctamente cómo fue reconocida la ciudadanía del progenitor.
- Esperar demasiado ante reformas normativas cambiantes.
- Confundir la inscripción de nacimiento con la adquisición por beneficio de ley.
- Intentar tramitar sin revisar la competencia territorial del consulado.
10. Por qué conviene actuar pronto
La normativa italiana de ciudadanía ha sufrido cambios relevantes en menos de un año —D.L. 36/2025, Ley 74/2025, Ley 199/2025 y Ley 26/2026— y puede seguir evolucionando. Aunque exista plazo de tres años o, en algunos supuestos, un régimen transitorio hasta 2029, no conviene esperar al último momento por motivos prácticos:
- los documentos del Comune, registros civiles y certificados pueden tardar;
- las citas consulares en Madrid y Barcelona suelen tener listas de espera;
- traducciones, apostillas o legalizaciones pueden añadir semanas al calendario;
- un error documental puede retrasar meses el expediente.
11. Cómo te ayuda Intergroup Abogados
En Intergroup Abogados analizamos si tu hijo puede adquirir la ciudadanía italiana automáticamente o si debe acudir a la vía de beneficio de ley. Trabajamos con familias italianas residentes en España, especialmente con doble nacionalidad italiana y argentina, italiana y venezolana, italiana y española u otras combinaciones.
- Análisis jurídico del caso familiar y de la vía aplicable.
- Revisión de cómo adquirió la ciudadanía italiana el progenitor (nacimiento, iure sanguinis, naturalización, matrimonio, beneficio de ley, riacquisto).
- Estudio del plazo aplicable: tres años o régimen transitorio hasta el 31 de mayo de 2029.
- Revisión de inscripción AIRE y domicilio consular.
- Coordinación documental con el Comune italiano correspondiente.
- Preparación de certificados españoles y extranjeros, actas, traducciones, apostillas o certificados plurilingües cuando corresponda.
- Preparación del expediente consular y seguimiento del trámite.
- Acompañamiento estratégico para evitar errores y minimizar requerimientos.
¿Tu hijo nacido en España puede ser italiano?
Si eres ciudadano italiano, resides en España y quieres tramitar la ciudadanía italiana de tu hijo menor, no esperes a descubrir en el consulado que tu caso no era automático. Revisamos tu situación, confirmamos la vía correcta y preparamos el expediente para presentarlo con seguridad.
Solicitar análisis del caso12. Preguntas frecuentes
¿Mi hijo nacido en España es italiano automáticamente si yo soy italiano?
No siempre. Tras la Ley 74/2025, la transmisión automática iure sanguinis a hijos nacidos fuera de Italia ya no opera en todos los casos. Debe verificarse cómo adquirió la ciudadanía el progenitor, si el menor tiene otra ciudadanía y si concurren los supuestos previstos por la normativa.
¿Qué cambió con la reforma de ciudadanía italiana de 2025?
El D.L. 36/2025, convertido por la Ley 74/2025, introdujo límites a la transmisión automática para nacidos en el extranjero con otra ciudadanía y reordenó la vía de adquisición por beneficio de ley del artículo 4, comma 1-bis, de la Ley 91/1992.
¿Qué es la ciudadanía italiana por beneficio de ley?
Es la adquisición de la ciudadanía italiana del menor nacido fuera de Italia mediante declaración de voluntad del progenitor o tutor, conforme al artículo 4, comma 1-bis, lett. b) de la Ley 91/1992. Los efectos se producen desde el día siguiente al cumplimiento de las condiciones legales (art. 15 Ley 91/1992).
¿Qué significa ser ciudadano italiano por nacimiento?
Significa haber adquirido la ciudadanía por filiación o, en supuestos tasados, iure soli, conforme al artículo 1 de la Ley 91/1992. No equivale a haber nacido físicamente en Italia ni a tener exclusivamente nacionalidad italiana.
¿Tener doble nacionalidad impide transmitir la ciudadanía italiana?
No automáticamente, pero la doble nacionalidad del menor es un elemento relevante a la luz de la reforma. La vía aplicable depende del caso concreto y debe analizarse con documentación.
¿Cuál es el plazo de tres años para hijos menores?
La Ley 199/2025 amplió de uno a tres años el plazo del artículo 4, comma 1-bis, lett. b) Ley 91/1992. Desde el 1 de enero de 2026 estas declaraciones son gratuitas en este supuesto.
¿Quién puede acogerse al plazo transitorio hasta el 31 de mayo de 2029?
La Ley 26/2026 (Milleproroghe) prorrogó al 31 de mayo de 2029 determinados supuestos transitorios. No todos los menores entran: hay que verificar el supuesto concreto, las fechas relevantes y las solicitudes previas.
¿Necesito actualizar mi domicilio consular o AIRE antes de tramitar?
En la práctica, sí. Sin AIRE actualizado y domicilio consular correcto, muchos trámites se retrasan o son rechazados. Es el primer paso recomendable antes de iniciar la ciudadanía del menor.
Fuentes oficiales
- Consulado de Italia en Madrid — Beneficio de ley para hijos menores nacidos en el extranjero
- Legge 5 febbraio 1992, n. 91 (Normattiva)
- Decreto-legge 28 marzo 2025, n. 36, conv. Legge 23 maggio 2025, n. 74 (Normattiva)
- Ministero degli Affari Esteri — Cittadinanza italiana
- AIRE — Anagrafe degli Italiani Residenti all'Estero
Artículo revisado por Intergroup Abogados, despacho especializado en ciudadanía italiana, extranjería y nacionalidad española, con sede en Valladolid y atención en Castilla y León, Madrid, Barcelona y online en toda España. Consulta también nuestros servicios para ciudadanos italianos en España.
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