Régimen comunitario · Sede Valladolid
Tarjeta de familiar de ciudadano de la UE para cónyuges, parejas registradas, hijos y ascendientes a cargo de españoles o de comunitarios residentes en España. Régimen jurídico distinto al de la reagrupación familiar.
El error más habitual: presentar el expediente por la vía equivocada. La familia directa de un ciudadano español no se rige por la Ley de Extranjería ordinaria, sino por el Real Decreto 240/2007, que traspone la Directiva europea de libre circulación. Eso significa requisitos distintos, plazos distintos y, en general, una vía más favorable cuando se cumple.
Estudiamos cada caso para confirmar si corresponde la tarjeta de familiar de comunitario, la residencia como familiar de español, o si por la situación concreta conviene primero estabilizar otra vía.
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Cónyuge de español/a o pareja registrada en Registro de Parejas con efectos equivalentes.
Hijos menores de 21 años o mayores económicamente dependientes.
Padres y abuelos a cargo del ciudadano español o de su cónyuge.
La tarjeta autoriza a trabajar y a residir en igualdad de condiciones que los ciudadanos de la UE.
Una primera consulta sirve para confirmar la vía correcta y los documentos a preparar.
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