El Supremo deja sin voto a cientos de miles de nuevos españoles de la «ley de nietos»: ¿corre peligro tu nacionalidad?
El Tribunal Supremo ha suspendido de forma cautelar los efectos electorales de la inscripción en el CERA de las personas que obtuvieron la nacionalidad española por la Disposición Adicional Octava de la Ley 20/2022 de Memoria Democrática. La medida no anula ninguna nacionalidad concedida ni paraliza los expedientes en trámite.
Qué ha decidido el Supremo: el auto dictado en la Pieza de Medidas Cautelares 1013/2026 suspende cautelarmente la inscripción en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de quienes accedieron a la nacionalidad amparándose en la presunción de exilio de la Instrucción de la DGSJFP de 25 de octubre de 2022, hasta que se dicte sentencia sobre el fondo.
Qué no dice el auto: no se revoca ninguna nacionalidad, no se suspenden los expedientes en tramitación y no se cuestiona la validez de la Ley de Memoria Democrática. Lo que queda en suspenso son los efectos electorales de la inscripción censal.
Por qué interesa en América Latina: la mayoría de los nuevos españoles por la «ley de nietos» residen en Argentina, Cuba, México, Venezuela, Colombia y Chile, y son quienes votan desde el exterior a través del CERA.
Qué puedes hacer si te afecta: revisar en qué situación está tu inscripción censal y valorar si puedes acreditar individualmente el exilio de tu ascendiente mediante certificación consular, sin apoyarte en la presunción administrativa de 2022.
Qué viene ahora: el Supremo ha anunciado que resolverá de urgencia, antes de los próximos procesos electorales, si los cerca de 2,3 millones de «nietos» pueden votar.