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    8 de junio de 2026 10 min de lecturaEdición España
    Extranjería · MadridPlazos y tramitación

    Fechas de resolución de la Oficina de Extranjería de Madrid (1 de junio de 2026): ¿por dónde va tu expediente y qué puedes hacer si se retrasa?

    Has presentado tu trámite, miras la web una y otra vez y solo ves dos palabras: “en trámite”. La incertidumbre desgasta, sobre todo cuando de esa resolución dependen tu trabajo, tu contrato o la tranquilidad de tu familia. En esta guía explicamos por dónde va resolviendo la Oficina de Extranjería de Madrid a fecha de 1 de junio de 2026, cómo leer correctamente la tabla y, sobre todo, qué puedes hacer si tu expediente se está demorando más de la cuenta.

    INTERGROUP Abogados
    Tabla oficial de fechas de tramitación de expedientes de la Oficina de Extranjería de Madrid a 1 de junio de 2026
    Oficina de Extranjería de Madrid · Fechas de tramitación a 1 de junio de 2026.

    La Oficina de Extranjería de Madrid publica de forma periódica las fechas por las que va resolviendo los expedientes en función de su fecha de presentación. No es un plazo legal ni una promesa de resolución, pero sí una referencia útil: te permite saber, de un vistazo, si tu expediente entra dentro de lo previsible o si ya está claramente fuera de la cola.

    Si estás esperando la resolución de un arraigo, una reagrupación familiar, un familiar de español o una residencia no lucrativa, lo primero es leer la tabla bien. Y lo segundo, saber que existen herramientas reales para actuar si tu expediente se ha quedado atrás.

    Tabla oficial de fechas de tramitación a 1 de junio de 2026

    A continuación reproducimos la tabla con las fechas publicadas por la Oficina de Extranjería de Madrid, válidas a fecha 1 de junio de 2026. La columna “Solicitudes” indica por qué fecha de presentación va la resolución de los expedientes nuevos. La columna “Recursos” se refiere a la fecha por la que se resuelven los recursos de reposición presentados contra resoluciones anteriores.

    Tabla oficial de fechas de tramitación de expedientes de la Oficina de Extranjería de Madrid a 1 de junio de 2026
    Fuente: Oficina de Extranjería de Madrid. Datos a 1 de junio de 2026.
    Tipo de autorizaciónProcedimientoSolicitudesRecursos
    Arraigos (nuevo Reglamento)Familiar21-04-202608-05-2026
    Social16-04-202608-05-2026
    Socioformativo07-05-202607-05-2026
    Sociolaboral16-04-202608-05-2026
    Segunda oportunidad16-04-202608-05-2026
    Familiar de españolFamiliar de español01-04-202618-02-2026
    Familiar de ciudadano comunitarioInicial22-03-202620-04-2026
    Permanente22-03-202620-04-2026
    Brexit21-04-202613-02-2026
    Reagrupación familiarInicial05-03-202621-03-2026
    Renovación28-02-202621-03-2026
    EstudiantesInicial28-04-202621-03-2026
    Prórroga03-05-202620-10-2025
    Residencia y trabajoCuenta ajena inicial30-01-202620-04-2026
    Cuenta propia inicial17-05-202601-05-2026
    Renovación (cuenta ajena y cuenta propia)01-02-202621-03-2026
    MenoresNacidos en España21-04-202619-04-2026
    No nacidos en España17-04-202619-04-2026
    Residencia no lucrativaInicial12-05-202631-08-2025
    Renovación09-02-202631-08-2025
    Larga duraciónResidencia de larga duración20-02-202630-09-2024
    Residencia de larga duración UE20-02-202630-09-2024
    ExceptuadosInicial11-05-202615-07-2025
    Modificación12-05-202615-07-2025
    Renovación05-05-202615-07-2025
    Circunstancias excepcionalesViolencia de género / sexual30-04-202601-06-2025
    Razones humanitarias27-04-202618-05-2026
    Modificaciones a residencia y trabajoDesde situaciones que habilitan a trabajar31-01-202620-04-2026
    Desde situaciones que no habilitan a trabajar12-01-202620-04-2026
    Desde autorizaciones de estancia de estudiantes01-05-202620-04-2026
    Desde familiar de español o familiar de comunitario12-12-202520-04-2026

    Cómo interpretar correctamente la tabla

    La tabla es orientativa, no un compromiso vinculante. Hay algunas reglas de lectura que conviene tener claras antes de sacar conclusiones:

    • No todas las fechas significan lo mismo. Hay procedimientos en los que la oficina va prácticamente al día (apenas semanas de diferencia entre presentación y resolución) y otros, como los recursos en larga duración, en los que se acumulan meses o incluso años.
    • Un requerimiento puede frenar un expediente concreto. Aunque tu fecha de presentación esté ya “dentro” de la fecha resolutoria, si la Oficina te ha notificado un requerimiento de subsanación, tu expediente queda parado hasta que se atienda y se vuelva a poner en cola interna.
    • Superar la fecha de la tabla no significa, por sí solo, una denegación. Muchos expedientes se resuelven semanas o meses después de la fecha publicada. La propia Oficina lo advierte cuando difunde estos cuadros.
    • Muchas personas miran la fila equivocada. Por ejemplo, alguien que modifica su estancia por estudios a residencia y trabajo no se resuelve en la fila de “Estudiantes”, sino en “Modificaciones a residencia y trabajo”. Mirar mal la tabla genera angustia innecesaria o falsas expectativas.

    Fechas por tipo de trámite: lectura rápida

    Si revisas la tabla con tranquilidad, puedes hacer una primera lectura por bloques. Los arraigos del nuevo Reglamento se están resolviendo, a fecha de junio de 2026, con expedientes presentados en abril o principios de mayo de 2026, es decir, en plazos relativamente cortos. Algo similar ocurre con familiar de ciudadano comunitario, menores o las circunstancias excepcionales.

    En cambio, los procedimientos de residencia y trabajo por cuenta ajena inicial o la renovación de no lucrativa van con un retraso mayor, y los recursos en larga duración arrastran fechas de septiembre de 2024. Son colas profundamente desiguales y, por eso, el primer ejercicio honesto es ubicar bien tu expediente antes de preocuparte.

    Caso especial: modificación de estancia por estudios a residencia y trabajo

    Es uno de los trámites en los que más se confunde la lectura de la tabla. La persona ha tenido una autorización de estancia por estudios y, al modificarla a residencia y trabajo, presenta el expediente como modificación. La fila correcta no es “Estudiantes”, sino:

    Modificaciones a residencia y trabajo · Desde autorizaciones de estancia de estudiantes, con fecha de solicitudes a 1-mayo-2026 y recursos a 20-abril-2026.

    Si tu solicitud está dentro de esa franja, lo más probable es que tu expediente esté ya en cola de resolución. Si claramente estás dentro de fechas pero llevas semanas sin noticia, conviene revisar técnicamente la solicitud (por ejemplo, contrato, oferta, requisitos del artículo 190 del RD 1155/2024 y el certificado de no haber sido becado) antes de presentar escritos de impulso o recursos. Sobre este punto hemos publicado una guía específica: certificado de no haber sido becado para la modificación de estudios.

    Mi expediente lleva más tiempo que la fecha de la tabla: ¿qué puedo hacer?

    Aquí es donde aparece la parte práctica. Existen herramientas reales, previstas por la propia normativa, para actuar cuando un expediente se demora. No son recetas mágicas, pero sí instrumentos que un abogado de extranjería utiliza de forma habitual.

    1. Derecho de acceso al expediente

    Como persona interesada, tienes derecho a conocer el estado de tramitación de tu expediente y a acceder y obtener copia de los documentos que lo integran (artículo 53.1 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común). Este derecho es la base: antes de quejarse o recurrir, conviene ver qué hay realmente en el expediente y si la Administración considera que falta algo.

    2. Requerimientos de subsanación

    Muchos expedientes no están “parados” porque la oficina vaya lenta, sino porque hay un requerimiento de subsanación (artículo 68 de la Ley 39/2015) que el solicitante no ha visto o no ha contestado bien. No responder a tiempo puede llevar al archivo del expediente o a una denegación posterior. Revisar las notificaciones electrónicas y la sede electrónica es, por tanto, el primer paso técnico.

    3. Escritos de impulso

    Cuando ha pasado un tiempo razonable desde la presentación y el expediente sigue sin movimiento, se pueden presentar escritos de impulso ante la propia Oficina o, en su caso, ante el órgano superior. No siempre desbloquean inmediatamente, pero en muchos casos sirven para forzar la asignación del expediente a un funcionario concreto o para acreditar diligencia de cara a un futuro recurso.

    4. Silencio administrativo

    El plazo general de resolución es de tres meses (artículo 21 de la Ley 39/2015), aunque hay procedimientos con plazos específicos. En extranjería, la regla general es el silencio negativo (Disposición Adicional 1ª de la LO 4/2000), pero existen excepciones relevantes: por ejemplo, las renovaciones de residencia y trabajo por cuenta ajena y propia y los procedimientos de régimen comunitario, donde el efecto puede ser distinto.

    Es importante entenderlo con prudencia: el silencio negativo no equivale a una denegación definitiva. La Administración sigue obligada a resolver de forma expresa, y el silencio sirve, sobre todo, para abrir vías de recurso. No es una herramienta para “forzar” una concesión, pero sí marca tiempos procesales relevantes.

    5. Revisión preventiva del expediente

    Buena parte de las denegaciones en Madrid se evitan con una revisión técnica previa: antes de que llegue una resolución negativa, un abogado puede detectar puntos débiles (cuantía de medios económicos, vínculos no acreditados, contratos con condiciones por debajo del convenio, documentación insuficiente del país de origen) y aportar prueba complementaria. Es, en muchos casos, la diferencia entre resolver bien a la primera o entrar en una espiral de recursos.

    Cómo consultar el estado del expediente

    La consulta básica del estado del trámite se hace en la sede electrónica de las Administraciones Públicas (Mercurio / consulta de expedientes de extranjería), con el NIE y el número de expediente o usando certificado digital o Cl@ve. Si el sistema te devuelve “en trámite” durante muchas semanas, no quiere decir que esté denegado, pero sí es razonable revisar el expediente en profundidad.

    Para una visión más concreta del estado real (notificaciones, requerimientos, informes previos), el camino es el derecho de acceso al expediente ya comentado. Es lo que en nuestro despacho hacemos cuando un cliente llega preocupado porque “no recibe respuesta”.

    ¿Tu expediente se está retrasando en Madrid?

    En INTERGROUP Abogados nos ocupamos de tu expediente de principio a fin: acceso al expediente, respuesta a requerimientos, escritos de impulso, revisión técnica de la solicitud y acompañamiento hasta huellas, TIE y recursos si fuera necesario.

    Preguntas frecuentes

    Nota final

    Este artículo tiene carácter divulgativo. Las fechas reproducidas son las publicadas por la Oficina de Extranjería de Madrid a 1 de junio de 2026 y pueden variar en próximas actualizaciones. Para tomar decisiones sobre un expediente concreto —especialmente si valoras presentar un escrito de impulso, un recurso o un contencioso— conviene una valoración individualizada por un abogado de extranjería.

    Este artículo tiene carácter divulgativo y no sustituye al asesoramiento jurídico personalizado. Las fechas que publica la Oficina de Extranjería de Madrid son orientativas y pueden variar; cada expediente debe valorarse de forma individual.

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